JNE veta a Movadef

El Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) rechazó la inscripción del Movimiento por la Amnistía y los Derechos Fundamentales (Movadef) por incumplir los requisitos para inscribir partidos políticos y no mostrar un firme compromiso con el orden democrático del país.

Sobre el denominado “Pensamiento Gonzalo”, sobrenombre con el que se conoce al líder del grupo subversivo Sendero Luminoso, Abimael Guzmán, la instancia del JNE ratificó que atenta contra el principio democrático.

Entre las observaciones, figura la doble afiliación de los miembros de Movadef, el incumplimiento del número de comités partidarios requeridos por la ley, y que en 13 casos no existen las direcciones señaladas de los mencionados comités.

Según la resolución del ROP, el Movadef no precisa la forma de elección de sus representantes, quiénes van a elegirlos y el quórum necesario para validar esa elección. Asimismo, el ROP indica que el estatuto del Movadef señala que la renuncia de afiliados será evaluada por un órgano, hecho que contraviene el artículo 18 de la Ley de Partidos Políticos.

De acuerdo a ley, el Movadef tiene cinco días hábiles para apelar la resolución del ROP.

PROYECTO
El gobierno envió esta semana al Congreso, con carácter de urgencia, el proyecto de ley que impide a las organizaciones vinculadas con el terrorismo, como el Movadef, su inscripción como partidos políticos.

El proyecto del Poder Ejecutivo plantea cambios en el artículo 5 y hace añadidos al artículo 14 de la Ley de Partidos Políticos. La iniciativa establece que sus disposiciones serán aplicables a todos aquellos casos que, a la fecha de su entrada en vigencia, se encuentren en proceso de reconocimiento como partido.

“No podrán ser objetos de inscripción las organizaciones políticas que, en su acta de fundación, estatutos o actas de constitución de comité partidarios, promuevan ideologías orientadas a la destrucción del Estado democrático o no reconozcan a las autoridades elegidas, conforme a la constitución o la ley”, indica el texto que el Ejecutivo propone incorporar al artículo 5.

La modificación del artículo 14 consiste en algunos añadidos sobre las condiciones bajo las cuales un partido podrá ser declarado ilegal. Eso puede ocurrir cuando un partido vulnera sistemáticamente las libertades y los derechos fundamentales, promoviendo, justificando o exculpando los atentados contra la vida o la integridad de las personas.